° En consecuencia, y con tal fin el Ministerio de Justicia procederá a girar al Tesorero Distrital de Bogotá la suma de cuatro millones de pesos ($4.000.000) tomados de la apropiación hecha.
Decreto 1557 de 1967 →Vigente
Artículo 2
En Consecuencia, Y Con Tal Fin El Ministerio De Justicia Procederá A Girar Al Tesorero Distrital De Bogotá La Suma De Cuatro Millones De Pesos ($4
Decreto 1557 de 1967 · Por el cual se toman algunas medidas en relación con los estudios para el proyecto del Palacio de Justicia y se hace una delegación al Distrito Especial de Bogotá
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.