De La Providencia Que Imponga Sanciones A Un Extranjero Por Ejercicio Ilegal De La Medicina Y Cirugía, La Autoridad Que La Haya Dictado Enviará Copia De La Misma, Una Vez Ejecutoriada Al Departamento Administrativo De Seguridad (Das), Para Los Fines Previstos En El Parágrafo Del Artículo 12 De La Ley
Decreto 605 de 1963 · Por el cual se reglamenta la Ley 14 de 1962, que dicta normas relativas al ejercicio de la medicina y la cirugía
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
De la providencia que imponga sanciones a un extranjero por ejercicio ilegal de la medicina y cirugía, la autoridad que la haya dictado enviará copia de la misma, una vez ejecutoriada al Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), para los fines previstos en el
Parágrafo
del Artículo 12 de la Ley.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.