Micelio

Artículo 2

Decreto 175 de 1957 · Por el cual se eleva la cuantía del Fondo Rotatorio de Estupefacientes y se dicta otra disposición

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo . Exonérase al Ministerio de Salud Pública y sus dependencias, del depósito previo para las importaciones, establecido por los Decretos extraordinarios números 637 de 1951 y 0107 de 1957.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 175 de 1957