Micelio

Artículo 1

º

Decreto 1936 de 1995 · por el cual se reforma parcialmente el Decreto 0437 de 1992.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Reglamento y tarifas de los depósitos centralizados de valores. El artículo 6º del Decreto 430 de 1992 quedará así: Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 20, los reglamentos de los depósitos centralizados de valores, así como sus reformas, deberán ser sometidos a la aprobación de la Superintendencia de Valores. Las tarifas aplicables al servicio de depósito y custodia de valores serán establecidas libremente por los depósitos con sujeción a las normas del derecho de la competencia contenidas en la Ley 155 de 1959 y el Decreto 2153 de 1992.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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