Micelio

Artículo 2

Igualmente Desde La Hora Y Día En Que Se Entre En Paro Laboral El Personal De Vigilantes De La Compañía De Vigilancia Privada, No Podrán Usar Los Uniformes Y Distintivos Permitidos Por El Ministerio De Defensa Nacional

Decreto 1462 de 1975 · Por el cual se adiciona al Decreto número 195 de 1973, sobre vigilancia privada

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Igualmente desde la hora y día en que se entre en paro laboral el personal de vigilantes de la compañía de vigilancia privada, no podrán usar los uniformes y distintivos permitidos por el Ministerio de Defensa Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1462 de 1975