Micelio

Artículo 9

Decreto 3199 de 2002 · por el cual se reglamenta la prestación del Servicio Público Obligatorio de Asistencia Técnica Directa Rural previsto en la Ley 607 de 2000.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Los Planes Generales de Asistencia Técnica Directa Rural se orientarán a crear las condiciones necesarias para aumentar la competitividad y rentabilidad de la producción en un contexto de desarrollo municipal, zonal, provincial, distrital, subregional o regional.

Parágrafo

El Plan General de Asistencia Técnica Directa Rural estará orientado, entre otros, por los siguientes aspectos

a)

Acceso a servicios de apoyo a la producción;

b)

Desarrollo de capacidades de gestión y administración de sistemas productivos;

c)

Articulación a los mercados de insumos;

d)

Construcción de vínculos con agroindustrias y otros mercados dinámicos;

e)

Incorporación de varias fases del proceso productivo, garantizando la generación de valor agregado;

f)

La sostenibilidad ambiental y económica;

g)

Articulación con los mercados de financiamiento y crédito;

h)

Articulación con los incentivos y apoyos estatales a la inversión rural, facilitando el acceso de los grupos de productores a los mismos. CAPITULO III De las entidades prestadoras del servicio de asistencia técnica directa rural, su acreditación y registro

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3199 de 2002