Micelio

Artículo 4

Los Procesos A Que Se Refiere El Artículo Anterior Pasarán A Los Juzgados Penales Y Promiscuos Del Circuito En El Estado En Que Se Encuentren A La Fecha De Vigencia Del Presente Decreto Y Continuarán Tramitándose Bajo El Mismo Procedimiento

Decreto 1582 de 1988 · por el cual se crean unos cargos, se fijan normas de competencia y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los procesos a que se refiere el artículo anterior pasarán a los Juzgados Penales y Promiscuos del Circuito en el estado en que se encuentren a la fecha de vigencia del presente Decreto y continuarán tramitándose bajo el mismo procedimiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1582 de 1988