Micelio

Artículo 2

Ley 2398 de 2024 · por medio de la cual se exalta como una manifestación del Patrimonio cultural Inmaterial de la nación, el festival nacional del Mapalé y música folklórica que se celebra en el municipio de Buenavista, en el departamento de Córdoba.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Gobernación del departamento de Córdoba, la Alcaldía del municipio de Buenavista y demás entes territoriales, iniciarán los procesos con las comunidades portadoras de la manifestación, del Festival de Buenavista a efectos de generar procesos para el reconocimiento y protección en el ámbito de sus territorios.

De la misma manera, los portadores, la Alcaldía del municipio de Buenavista y demás entes territoriales, junto con la Gobernación del departamento de Córdoba, servirán de interlocutores con el Ministerio de Cultura para que éste les permita llevar el nivel de reconocimiento y protección de la manifestación en el ámbito nacional, con la inclusión en la lista indicativa y con el Plan Especial de esa Salvaguarda.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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