Micelio

Artículo 7

Ley 89 de 1912 · Por la cual se ordena la construcción de una vía férrea que comunique el Departamento Norte de Santander con el río Magdalena

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para todos los gastos que demande la construcción, equipo, conservación y explotación de la vía férrea en referencia (ferrocarril de Cúcuta al rio Magdalena), se destinara el 25 por 100 del producto bruto de la Aduana de Cúcuta y el 2 por 100 del producto de las Aduanas del Atlántico.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 89 de 1912