Artículo segundo. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir del primero (1°) de enero del presente año. Comuníquese y publíquese.
Decreto 1476 de 1961 →Vigente
Artículo 2
Decreto 1476 de 1961 · Por el cual se adiciona el Decreto número 2476 de 1960, y se incorporan unos cargos del Ministerio de Educación dentro de la Nomenclatura y Escala de Sueldos, adoptados por el Decreto 1678 del mismo año
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.