Micelio

Artículo 5

Funciones Del Director

Decreto 1236 de 1998 · por el cual se establece la organización y funcionamiento del Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Funciones del Director. El Director General de la Dirección de Orden Público y Convivencia Ciudadana del Ministerio del Interior, en relación con la administración y ordenación del Gasto del Fonsecon, cumplirá las siguientes funciones

1.

Realizar las operaciones y las actividades administrativas, financieras y contables del Fondo, de acuerdo con las disposiciones legales y reglamentarias.

2.

Velar para que ingresen efectivamente al Fondo los recursos provenientes de las distintas fuentes de financiación.

3.

Definir las prioridades de distribución de los recursos del Fondo, teniendo en cuenta la oportunidad, operatividad y eficiencia.

4.

Asistir a las reuniones del Consejo Superior de Seguridad y Defensa Nacional y al Consejo Técnico Nacional de Inteligencia, con el fin de rendir los informes que estas instancias soliciten.

5.

Atender y poner en práctica los lineamientos y las recomendaciones que adopten el Consejo Superior de Seguridad y Defensa Nacional y el Consejo Técnico Nacional de Inteligencia, dentro de la coordinación para la ejecución de los recursos.

6.

Elaborar la proyección anual de ingresos y gastos y los indicadores de gestión.

7.

Rendir informes al Ministro del Interior cuando éste así lo requiera, y

8.

Todas las demás funciones que por vía de delegación le confiera el Ministro del Interior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1236 de 1998