Micelio

Artículo 55

Determinación De La Existencia De Perjuicio Grave

Decreto 152 de 1998 · por el cual se establecen los procedimientos y criterios para la adopción de medidas de salvaguardia general, salvaguardia de transición para productos comprendidos en el acuerdo sobre textiles y el vestido y, salvaguardia especial para productos agropecuarios.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Determinación de la existencia de perjuicio grave. Para determinar si las importaciones de un producto han aumentado en tal cantidad o condiciones que han causado perjuicio grave a una rama de la producción nacional, el Incómex examinará los efectos de esas importaciones en el estado de la rama de producción en las siguientes variables económicas

a)

Comportamiento de los volúmenes de producción, en términos absolutos y en relación con las ventas y el consumo nacional;

b)

Comportamiento de la productividad;

c)

Comportamiento de la utilización de la capacidad instalada;

d)

Comportamiento de las ventas en el mercado nacional;

e)

Comportamiento de los precios internos;

f)

Participación en el mercado nacional;

g)

Comportamiento de inventarios;

h)

Estado de pérdidas y ganancias;

i)

Evolución de las inversiones;

j)

Comportamiento del empleo;

k)

Comportamiento de los salarios.

Parágrafo

La ausencia de tendencias negativas o la presencia de tendencias positivas en alguno o varios de los factores de que trata esta disposición no constituye un criterio decisivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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