Micelio

Artículo 1

Con La Partida Apropiada En El Artículo 1573 Del Capítulo 115 Del Presupuesto Extraordinario De La Vigencia En Curso, Se Procederá A Construir Sendas Avenidas Que, Partiendo De La Ciudad De Medellín, Sigan El Cauce Del Río Del Mismo Nombre, Hacia El Sur Y Hacia El Norte, Desde El Municipio De La Estrella Hasta El De Copacabana

Decreto 1701 de 1943 · Por el cual se reglamenta la inversión de la partida apropiada en el Presupuesto extraordinario de la actual vigencia para la construcción del Parque Nacional de Medellín, y se delega en la Gobernación del Departamento de Antioquia la ejecución de los estudios y proyectos de la obra

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Con la partida apropiada en el artículo 1573 del capítulo 115 del Presupuesto extraordinario de la vigencia en curso, se procederá a construir sendas avenidas que, partiendo de la ciudad de Medellín, sigan el cauce del río del mismo nombre, hacia el Sur y hacia el Norte, desde el Municipio de La Estrella hasta el de Copacabana.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1701 de 1943