Articulo 2 º . Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Decreto 2923 de 1989 →Vigente
Artículo 2
º
Decreto 2923 de 1989 · Por medio del cual se aprueba el Acuerdo número 0030 del 24 de agosto de 1989, emanado de la Junta Directiva Nacional de la Empresa Puertos de Colombia, Colpuertos, que fija unas tarifas para la exportación de carbón a granel por los terminales marítimos administrados por la Empresa Puertos de Colombia.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.