Micelio

Artículo 5

El Procedimiento Señalado En Este Decreto También Deberá Seguirse Cuando Se Considere Conveniente Y Necesaria La Prorroga De Los Convenios Cuya Celebración Requiera Autorización Previa De La Presidencia De La República

Decreto 2308 de 1974 · Por el cual se reglamentan los artículos 5º y 7º del Decreto 1982 de 1974

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El procedimiento señalado en este Decreto también deberá seguirse cuando se considere conveniente y necesaria la prorroga de los convenios cuya celebración requiera autorización previa de la Presidencia de la República. En ningún caso habrá lugar a prórrogas o adiciones automáticas o tácitas de dichos contratos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2308 de 1974