Micelio

Artículo 30

Decreto 3049 de 1986 · por el cual se limita y racionaliza el gasto público por concepto de servicios personales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

COMITE DE CONTROL DEL GASTO PUBLICO POR SERVICIOS PERSONALES. Como instrumento para la aplicación del presente Decreto y la vigilancia prevista en el artículo anterior, créase el Comité de Control del Gasto Público por Servicios Personales, integrado de la siguiente manera

1.

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, quien lo presidirá;

2.

El Secretario de Administración Pública de la Presidencia de la República;

3.

El Director General del Presupuesto;

4.

El Jefe de la Unidad de Inversiones Públicas del Departamento Nacional de Planeación. La Secretaría Técnica del Comité de Control del Gasto Público por concepto de Servicios Personales estará a cargo de la Subdirección de Control Administrativo del Presupuesto de la Dirección General del Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3049 de 1986