Micelio

Artículo 34

Ley 99 de 1922 · Por la cual se adicionan las leyes vigentes sobre higiene pública

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Desde el 1º de febrero de 1923 el personal del Laboratorio Nacional de Higiene, será el siguiente; un Director con $160 mensuales; un Subdirector con $120; un ayudante con $60 y un Portero, con $35. El Director del Laboratorio, de acuerdo con la Dirección Nacional de Higiene, determinará el número de sirvientes que sean necesarios y sus asignaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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