Artículo primero. Hácese la siguiente traslación en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DE GOBIERNO CAPITULO 040 Asamblea Nacional Constituyente y Congreso Nacional. 001. Del artículo 0402. Para sueldos de los empleados de la Asamblea Nacional Constituyente, en el año $ 2.500.00 Suma el contracréditos $ 2.500.00 CAPITULO 041 Ministerio. 003. Del artículo 0426. Para blusas de trabajo de empleados; overoles para obreros y uniformes para Conserjes, Choferes, Porteros y Carteros, en el año $ 2.500.00 Suma el crédito $ 2.500.00
Decreto 2449 de 1957 →Vigente
Artículo 0402
Para Sueldos De Los Empleados De La Asamblea Nacional Constituyente, En El Año $ 2
Decreto 2449 de 1957 · Por el cual se hacen una traslación en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerio de Gobierno)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.