Micelio

Artículo 20

Decreto 2158 de 1992 · por el cual se reestructura la superintendencia de notario y registro.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División de Recursos Humanos.- La División de Recursos Humanos tendrá las siguientes funciones:

1.

1. Preparar y ejecutar planes operativos y de desarrollo de la dependencia, identificando acciones integradas y de control interno e informarla a la Dirección Administrativa del Registro de Instrumentos Públicos para su consolidación en las Oficinas de Planeación e Informática y de Control Interno, según su competencia.

2.

2. Organizar, coordinar y evaluar los procesos de selección, clasificación, registro y desarrollo del personal de las oficinas de registro de instrumentos públicos.

3.

3. Orientar, coordinar y controlar las actividades relacionadas con el ingreso, permanencia y retiro del servicio y lo concerniente a la carrera administrativa en las oficinas de registro.

4.

4. Preparar las providencias sobre nombramientos, remociones y demás situaciones administrativas del personal de las oficinas de registro y expedir las certificaciones que le correspondan según los reglamentos.

5.

5. Adelantar los trámites que en materia de administración de personal requieran las oficinas de registro ante las dependencias centrales de la Superintendencia, el Departamento Administrativo del Servicio Civil u otros organismos oficiales e instruir a dichas oficinas en las acciones o medidas a tomar según la delegación al respecto.

6.

6. Elaborar y desarrollar los programas de bienestar social y de capacitación para el personal de registro de instrumentos públicos, en coordinación con las oficinas de registro.

7.

7. Velar por la aplicación del sistema prestacional, de calificación de servicios y del régimen disciplinario de los empleados de las oficinas de registro.

8.

8. Colaborar con la Oficina de Control Interno en el trámite de los procesos disciplinarios y demás que se adelanten ante las autoridades judiciales en materia laboral, y con la Oficina de Planeación e Informática en los proyectos de planta de personal, manuales de funciones y otros estudios sobre administración de personal.

9.

9. Prestar la asesoría y asistencia que las oficinas de registro de instrumentos públicos requieran, conforme a sus consultas sobre el manejo de personal.

10.

10. Rendir informes periódicos y los demás que le sean solicitados por la Dirección Administrativa del Registro de Instrumentos Públicos.

11.

11. Las demás que le asignen de acuerdo con la naturaleza de la Dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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