°. Vigencia y derogatoria. El presente decreto rige a partir de su publicación en el Diario Oficial , modifica la Sección 12 del Capítulo 4 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 2 y el
del artículo 2.2.4.7.2. del Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, Decreto 1074 de 2015, y deroga la Resolución 3772 de 2009 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y el Decreto 1964 de 2016.