Micelio

Artículo 30

Tratamiento De Pasivos De Los Vinculados

Decreto 1749 de 2011 · Por el cual se reglamentan los artículos 11, 12, numeral 3 del artículo 15; 24, 32, 41; numeral 5 del artículo 43; 60, 61, 67; numeral 1 y parágrafo 2° del artículo 69; 74; numeral 1 del artículo 78; 82, 83, 95, 110, 111 y 112 de la Ley 1166 de 2006.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Tratamiento de pasivos de los vinculados. Las obligaciones entre deudores vinculados se pagarán una vez satisfecho el pasivo calificado y graduado para cada uno de los partícipes del Grupo de Empresas en cada uno de los procesos de insolvencia, salvo aquellas provenientes de recursos entregados después de la admisión al trámite de insolvencia. CAPITULO V Promotores y liquidadores

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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