Autorizase al Departamento del Valle, para que con fondos de su Tesoro prosiga la construcción, reparación y conservación, del camino del Suroeste, de que trata el inciso b) del artículo 2° de la Ley 70 de 1916, en la parte comprendida dentro de su propio territorio.
Ley 16 de 1920 →Vigente
Artículo 1
Ley 16 de 1920 · Que concede unas autorizaciones al Poder Ejecutivo Nacional y al Departamento del Valle sobre construcción del camino del Suroeste - vía Calarcá
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.