Modifícase la distribución de la partida global apropiada en el Capítulo 388, artículo 4147 del Presupuesto Nacional vigente, para atender a los gastos de sostenimiento que demande el funcionamiento de las Escuelas Primarias Pilotos que funcionan en la Capital de la república, y en las capitales de los Departamentos, así:
CAPITULO 388
Artículo 4147
Disminúyanse las siguientes partidas: