Micelio

Artículo 6

El Auxilio Asignado Por El Artículo 4

Decreto 78 de 1914 · Que reglamenta la Ley 17 de 2 de octubre de 1913

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El auxilio asignado por el artículo 4.° de la misma Ley para el camino de Medellín a Urrao par Heliconia, se pondrá a disposición del señor Gobernador de Antioquia para que se invierta bajo la vigilancia de la Junta Departamental de Caminos, debiendo rendirse mensualmente las cuentas de inversión :a la Corte del ramo, por conducto del Ministerio de Obras Públicas. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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