El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Educación Nacional, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Ley 481 de 2025, garantizará el derecho de la niñez indígena a una educación que responda a los caminos de vida de acuerdo con los sistemas de conocimiento propio de los pueblos indígenas.
El Gobierno Nacional deberá asegurar las garantías de acceso y permanencia a la educación propia gratuita, conforme las prácticas propias de cada pueblo, asegurando las condiciones de salud y bienestar de la niñez indígena. TíTULO 111 ARTICULACiÓN ENTRE GOBIERNO NACIONAL Y GOBIERNO INDíGENA - GESTiÓN INTERINSTITUCIONAl CAPíTULO I