La presente ley tiene como objeto señalar las competencias, responsabilidades y funciones de las entidades del orden nacional y territorial, y la confluencia del sector privado en el desarrollo de los proyectos de Vivienda de Interés Social y proyectos de Vivienda de Interés Prioritario destinados a las familias de menores recursos, la promoción del desarrollo territorial, así como incentivar el sistema especializado de financiación de vivienda.
La presente ley tiene los siguientes objetivos:
Establecer y regular los instrumentos y apoyos para que las familias de menores recursos puedan disfrutar de vivienda digna.
Definir funciones y responsabilidades a cargo de las entidades del orden nacional y territorial.
Establecer herramientas para la coordinación de recursos y funciones de la Nación y las entidades territoriales.
Definir los lineamientos para la confluencia del sector privado en el desarrollo de los proyectos de Vivienda de Interés Social y Vivienda de Interés Prioritario.
Establecer mecanismos que faciliten la financiación de vivienda.
Establecer instrumentos para la planeación, promoción y financiamiento del desarrollo territorial, la renovación urbana y la provisión de servicios de agua potable y saneamiento básico.
Incorporar exenciones para los negocios jurídicos que involucren la Vivienda de Interés Prioritario.