Artículo primero. El Gobierno Nacional precederá a reembolsar al Departamento del Cauca la cantidad de un millón doscientos mil pesos ($ 1.200.000.00) moneda corriente, por concepto de gastos extraordinarios efectuados para atender al mantenimiento del orden público, suma que se girará al Tesorero del citado Departamento.
Decreto 3309 de 1955 →Vigente
Artículo 1
Decreto 3309 de 1955 · Por el cual se ordena un reembolso por concepto de gastos para el mantenimiento del orden público (Departamento del Cauca), y se concede una autorización
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.