Las listas de revista contendrán cinco columnas, que llevarán por encabezamiento las palabras: Empleo-Números-Nombres-Destino-Novedades.- La de los destinos se subdividirá en tres columnas angostas. Sirve la primera para describir el nombre de los empleos militares; la segunda para colocar los números de orden de los individuos de tropa; la tercera para los nombres de cada individuo, bien sea Jefe, Oficial ó de tropa. La de los destinos para indicar éstos, valiéndose de las letras A, P, F, B, C y H, equivalentes á Alta, Presente, Falta, Baja, Comisión y Hospital. La de las novedades para explicar las ocurridas y las fechas en que tuvieron lugar. Al fin de cada lista se pondrá el Extracto que se dividirá en Resumen y Balance. En la primera columna del Resumen se podrán las palabras: Presentes-Como presentes-Ausentes-Total, y luego se trazarán en columnas angostas, destinadas para colocar el número de cada clase de empleados desde Jefe ú Oficial hasta soldado. El Balance llevará las palabras: Tuvo el anterior-Altas-Suman-Bajas-Quedan; en la primera columna y en las dos angostas siguientes se pondrá el número total que corresponda á los Oficiales y tropa.
Decreto 153 de 1897 →Vigente
Artículo 99
Las Listas De Revista Contendrán Cinco Columnas, Que Llevarán Por Encabezamiento Las Palabras: Empleo-Números-Nombres-Destino-Novedades
Decreto 153 de 1897 · Orgánico de la Contabilidad militar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.