° Únicamente los funcionarios acreditados en Europa y en el Continente americano estarán obligados a embarcar sus vehículos en el país en el cual hayan estado prestando sus servicios antes de viajar definitivamente a Colombia. Los acreditados esotros Continentes estarán exentos de este requisito.
Decreto 1713 de 1973 →Vigente
Artículo 3
Únicamente Los Funcionarios Acreditados En Europa Y En El Continente Americano Estarán Obligados A Embarcar Sus Vehículos En El País En El Cual Hayan Estado Prestando Sus Servicios Antes De Viajar Definitivamente A Colombia
Decreto 1713 de 1973 · Por el cual se modifica el Decreto número 41 del 14 de enero de 1966
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.