Micelio

Artículo 3

Ley 74 de 1958 · Por la cual se fomenta la industria editorial y se dictan disposiciones sobre importación y circulación de libros e impresos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los libros editados en Colombia estarán exentos de gravámenes de exportación, y las divisas que se produjeren por tal exportación se someterán, para efecto de reintegro al Banco de la Republica, a las normas preferenciales que se otorguen a las exportaciones menores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 74 de 1958