Los libros editados en Colombia estarán exentos de gravámenes de exportación, y las divisas que se produjeren por tal exportación se someterán, para efecto de reintegro al Banco de la Republica, a las normas preferenciales que se otorguen a las exportaciones menores.
Ley 74 de 1958 →Vigente
Artículo 3
Ley 74 de 1958 · Por la cual se fomenta la industria editorial y se dictan disposiciones sobre importación y circulación de libros e impresos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.