ARTICULO 17. DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS CULTURALES. - Son funciones de la Dirección General de Asuntos Culturales, las siguientes
Coordinar con otras dependencias del Ministerio ,con las Misiones Diplomáticas y Consulares de la República y con las entidades oficiales y privadas la difusión y promoción de la imagen de Colombia en el exterior.
Emitir concepto sobre la celebración de convenios culturales, participar en su negociación y verificar su cumplimiento.
Recopilar, custodiar y divulgar el Acervo Histórico Diplomático de la República, de conformidad con las normas que rigen la materia.
Presentar al Viceministro de Relaciones Exteriores las iniciativas y programas de la Dirección a su cargo.
Programar y coordinar con otras dependencias del Ministerio, con las Misiones Diplomáticas y Consulares del país en el exterior, con las acreditadas en Colombia y con las entidades nacionales e internacionales competentes, la participación de Colombia en proyectos culturales, de educación y afines.
Participar y contribuir en la ejecución de programas de información con destino a las Misiones Diplomáticas y Consulares de Colombia en el exterior, y a los medios de comunicación extranjeros, en coordinación con otras dependencias del Ministerio y con entidades oficiales competentes.
Participar en las deliberaciones de las Juntas y Comités de entidades oficiales de carácter cultural de acuerdo con las disposiciones legales vigentes y cuando así lo determine el Ministro.
Ejecutar el plan de Promoción de Colombia en el Exterior.
Participar en la realización de comisiones mixtas de carácter cultural, así como preparar los programas de intercambio cultural con los diversos Estados y Organismos Internacionales.
Presidir las delegaciones de carácter internacional que determine el Ministro sobre asuntos de su competencia.
Determinar de acuerdo con el Ministro y el Viceministro de Relaciones Exteriores, los documentos que deban publicarse y el programa de ediciones del Ministerio.
Organizar, custodiar y prestar los servicios de Biblioteca y Hemeroteca para el Ministerio y público en general.
Administrar los espacios culturales del Ministerio y organizar la programación cultural.
Las demás que por su naturaleza sean afines a las ya descritas.