Micelio

Artículo 10

Existirán En La Universidad Los Siguientes Comités Permanentes De Asesoría Y De Apoyo Académico: A) Con Funciones Y Competencia Para Toda La Universidad: Los Comités De Área, El Comité De Investigación Y Desarrollo Científico, El Comité De Estudios De Postgrado Y El Comité De Administración Universitaria; B) Con Funciones Y Competencia Para Cada Facultad: El Comité De Directores De Departamento E Instituto, El Comité De Personal Docente, Los Comités De Directores De Carrera, Los Comités Asesores De Carrera Y Los Comités Asesores De Postgrado

Decreto 82 de 1980 · Por el cual se establece el régimen orgánico de la Universidad Nacional de Colombia y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Existirán en la Universidad los siguientes comités permanentes de asesoría y de apoyo académico

a)

Con funciones y competencia para toda la Universidad: Los comités de área, el comité de investigación y desarrollo científico, el comité de estudios de postgrado y el comité de administración universitaria;

b)

Con funciones y competencia para cada facultad: El comité de directores de departamento e instituto, el comité de personal docente, los comités de directores de carrera, los comités asesores de carrera y los comités asesores de postgrado. La composición .y las funciones de los comités permanentes de que trata este artículo serán definidos en el estatuto general. Del Consejo Superior Universitario

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 82 de 1980