Micelio

Artículo 11

Requisitos Para Ingreso Al Escalafón Complementario

Decreto 1495 de 2002 · por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto-ley 1790 de 2000.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Requisitos para ingreso al Escalafón Complementario . Para ingresar al Escalafón Complementario, los Oficiales deberán reunir los siguientes requisitos

a)

Solicitud escrita dirigida al Comandante de la Fuerza, dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha en que, cumpla el tiempo mínimo de servicio en el grado;

b)

Clasificación en lista 1, 2 o 3 en los tres (3) años anteriores a la solicitud de escalafonamiento;

c)

Aptitud psicofísica;

d)

Existencia de la necesidad de sus servicios en el Arma o Cuerpo respectivo, de acuerdo al escalafón de cargos, debidamente certificada por el Comandante de la Fuerza;

e)

Concepto favorable de la Junta Asesora del Ministerio de Defensa.

Parágrafo

El cambio de Escalafón se dispondrá por decreto del Gobierno. T I T U L O II DE LA ADMINISTRACION DE PERSONAL CAPITULO I Del ingreso ascenso y formación de los Oficiales y Suboficiales

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1495 de 2002