Micelio

Artículo 1

Poder Ejecutivo Nacional-Bogotá. 13 De Setiembre De 1882

Ley 69 de 1882 · Por la cual se concede una pensión

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Concédese á la señora Prudencia Conde de Terrón, viuda del Teniente-coronel graduado Bernardino Terrón, y á sus citados hijos menores, una pension alimenticia de cuarenta pesos ($ 40) mensuales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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