Esta ley también cobija la prevención, mitigación, erradicación, contención y renovación para los demás cultivos de palma, cítricos, arroz, ajo, la cebolla y musáceas atacados y afectados por estas tres enfermedades . Esta ley deja abierta la declaratoria de Interés Social Nacional donde se generen a futuro enfermedades y patógenos que en los diferentes cultivos del Orden Nacional se presenten altos índices de incidencia, severidad, afectaciones muy graves, para que se cree la comisión nacional respectiva y pueda la institucionalidad colombiana actuar con prioridad sanitaria en la prevención, mitigación, erradicación y renovación de dichos cultivos afectados.
Ley 2303 de 2023 →Vigente
Artículo 29
Ley 2303 de 2023 · por la cual se declaran de interés social nacional y como prioridad sanitaria la prevención, la mitigación, erradicación, contención y renovación de la marchitez por Fusarium R4T del plátano y banano (musáceas), de la enfermedad conocida como Huanglongbing (HLB) de los cítricos, de la pudrición del cogollo y la marchitez letal en la palma de aceite en todo el territorio colombiano y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.