Micelio

Artículo 16

Decreto 1735 de 1964 · por el cual se modifica el régimen sobre jurisdicción coactiva y se dictan otras disposiciones en materia fiscal.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Con ocasión del conocimiento del recurso de apelación de que trata el artículo anterior, los funcionarios de segunda instancia podrán decretar de oficio o a petición de parte, las nulidades que afecten el proceso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1735 de 1964