Micelio

Artículo 1

Prorrógase Hasta El 31 De Diciembre De 1993, El Plazo Establecido En El Artículo 6° Del Decreto 1516 De 1992, Para Efectuar La Transferencia Del Proyecto O Línea Bucaramanga-Ocaña-Cúcuta, Por Las Razones Expuestas En La Parte Motiva De Este Decreto

Decreto 1666 de 1993 · por el cual el Gobierno Nacional amplía un plazo establecido dentro de la reestructuración del Instituto Colombiano de Energía Eléctrica, ICEL.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 1993, el plazo establecido en el artículo 6° del Decreto 1516 de 1992, para efectuar la transferencia del proyecto o línea Bucaramanga-Ocaña-Cúcuta, por las razones expuestas en la parte motiva de este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1666 de 1993