Micelio

Artículo 10

Decreto 3553 de 1948 · Por el cual se modifica el Decreto número 372 de 1948

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo décimo. Los Secretarios-Pagadores de los Centros de Higiene serán los responsables de la administración de ellos, para lo cual deberán llevar una relación diaria del movimiento habido en las diversas Secciones, así corno la estadística de gastos, que pasarán a la Dirección Departamental de Higiene, de donde será remitida a la División de Inspección Nacional de Salubridad y Asistencia Pública en informes mensuales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3553 de 1948