Micelio

Artículo 33

Del Sistema Informático Para La Prestación De Los Servicios De Gestión Y Colocación De Empleo En Relación Con La Agencia Pública De Empleo

Decreto 2852 de 2013 · por el cual se reglamenta el Servicio Público de Empleo y el régimen de prestaciones del Mecanismo de Protección al Cesante, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Del Sistema Informático para la Prestación de los Servicios de Gestión y Colocación de Empleo en relación con la Agencia Pública de Empleo. Además de las funciones previstas en el artículo 23 del presente decreto, el Sistema Informático para la Prestación de los Servicios de Gestión y Colocación deberá registrar las actividades complementarias y demás actuaciones de la Agencia Pública de Empleo a cargo del SENA. La Agencia Pública de Empleo a cargo del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, deberá adecuar y ajustar su sistema informático para la prestación de los servicios de gestión y colocación en un plazo no mayor a seis (6) meses, contados a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, a fin de que el mismo esté plenamente vinculado al Sistema de Información del Servicio Público de Empleo, comparta la información correspondiente y posibilite las transacciones requeridas para el control, monitoreo y evaluación de los servicios de gestión y colocación de empleo del Servicio Público de Empleo. CAPÍTULO III Agencias de Gestión y Colocación de Empleo constituidas por Cajas de Compensación Familiar

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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