Micelio

Artículo 3

º

Decreto 717 de 1999 · por el cual se crea la Comisión Intersectorial de Adaptación Laboral del Sector Público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Coordinación y orientación del servicio de adaptación laboral. La Comisión Intersectorial de Adaptación Laboral, para la coordinación y orientación de la Adaptación Laboral del Sector Público

1.

Adoptará los lineamientos centrales del Servicio de Adaptación Laboral para el Sector Público.

2.

Aprobará los programas del Servicio de Adaptación y su cronograma de ejecución.

3.

Efectuará el seguimiento a los programas del Servicio de Adaptación Laboral para el Sector Público.

4.

Efectuará la coordinación interinstitucional para garantizar el cumplimiento de los objetivos del Servicio de Adaptación Laboral.

5.

Solicitará y evaluará la información que estime pertinente para el desarrollo de los programas del Servicio de Adaptación Laboral.

6.

Determinará las funciones que coordinadamente desarrollarán las entidades competentes para la obtención de los propósitos del Servicio de Adaptación Laboral y sus programas.

Parágrafo

La Comisión Intersectorial designará las instancias de coordinación y evaluación que estime pertinentes para el logro de los objetivos de los distintos programas de Adaptación Laboral del Sector Público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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