Artículo primero . De la partida apropiada en el Capítulo 357, artículo 4300 del Presupuesto Nacional vigente, "para atender a la construcción, reparaciones, adiciones y mejoras de edificios con destino a establecimientos de educación en el país, compra de terrenos, locales o edificios para los mismos establecimientos y otras construcciones, según distribución que hará el Gobierno conforme a las leyes preexistentes, y a las necesidades del servicio", hácese la siguiente distribución parcial Ordinal 9.° Para reparaciones, adiciones y mejoras en el edificio del Colegio Universitario de Vélez $50.000.00 Ordinal 10. Para reparaciones, adiciones y mejoras en el edificio de la Escuela Normal Superior de Varones Barranquilla 50.000.00 Ordinal 11. Para reparaciones, adiciones y mejoras en el edificio de la Escuela Normal Superior de Varones de Pitalito (Huila) 50.000.00 Ordinal 12. Para reparaciones, adiciones y mejoras en el edificio de la Escuela Normal Superior de Señoritas, de Santa Clara, Alinaguer (Cauca) 5.000.00 Ordinal 13. Para reparaciones, adiciones y mejoras en el edificio de la Escuela Normal de Señoritas, de Ibagué 20.000.00 Ordinal 14. Para reparaciones, adiciones y mejoras en el edificio de la Escuela Normal Superior de Varones de Medellín 46.000.00 Ordinal 15. Para reparaciones, adiciones y mejoras en el edificio de Li Escuela Superior de. Artes y Oficios de Neiva 30.000.00 Ordinal 16. Rara reparaciones, adiciones y mejoras en el edificio de la Escuela Normal Superior de Varones de Pamplona 10.000.00 Ordinal 17. Para reparaciones, adiciones y mejoras en el edifico de la Escuela Media de Artes y Oficios. De Caragoa 10.000.00 Ordinal 18. Para reparaciones, adiciones y mejoras en el edificio del Instituto Politécnico Femenino, de Bogotá 6.359.28 Ordinal 19. Para reparaciones, adiciones y mejoras en el edificio de la Escuela Hogar para Campesinas, de Rio de cuesta 25.000.00 Ordinal 211. Para reparaciones, adiciones y mejoras en el edificio de la Escuela Hogar para Campesinas, de Silvia (Cauca) 10.000.00 Ordinal 21. Para reparaciones, adiciones y mejoras en el edificio de la Escuela Hogar para Campesinas, de Tibirita 5.000.00 Ordinal 22. Para reparaciones, adiciones y mejoras en el edificio de la Escuela Hogar para Campesinas, de Quetame 5.140.72 Ordinal 23. Para reparaciones, adiciones y mejoras en el edificio de la Escuela Normal de Rurales para Señoritas, de Sibundoy (Putumayo) 54.000.00 Ordinal 24. Para reparaciones, adiciones y mejoras en el edificio de la Escuela Vocacional Agrícola de Tadó 3.500.00 Ordinal 25. Para reparaciones adiciones y mejoras en el edificio de la Escuela Vocacional Agrícola de Marsella (Caldas) 20.000.00 Ordinal 26. Para reparaciones, adiciones y mejoras en el edificio de la Escuela Vocacional Agrícola, de Amblema (Tolima) 10.000.00 Ordinal 27. Para reparaciones, adiciones y mejoras en el edificio de la Escuela Normal de Rurales para Señoritas, de Mompós (Bolívar) 50.000.00 Ordinal 28. Para reparaciones, adiciones y mejoras en el edificio de la Escuela Normal de Rurales para Señoritas "Mariano Ospina Rodríguez", de Guasca (Cundinamarca) 5.000.00 Total $465.000.00
Decreto 1900 de 1957 →Vigente
Artículo 4300
Del Presupuesto Nacional Vigente, "para Atender A La Construcción, Reparaciones, Adiciones Y Mejoras De Edificios Con Destino A Establecimientos De Educación En El País, Compra De Terrenos, Locales O Edificios Para Los Mismos Establecimientos Y Otras Construcciones, Según Distribución Que Hará El Gobierno Conforme A Las Leyes Preexistentes, Y A Las Necesidades Del Servicio", Hácese La Siguiente Distribución Parcial Ordinal 9
Decreto 1900 de 1957 · Por el cual se hace una distribución parcial
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.