Micelio

Artículo 55

Servicio De Cargue O Descargue De Camiones, Vagones Y Similares Y Manejo Terrestre

Decreto 1714 de 1980 · Por el cual se aprueban las tarifas para los servicios que presta la Empresa Puertos de Colombia, COLPUERTOS y los derechos de operación de muelles privados

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Servicio de cargue o descargue de camiones, vagones y similares y manejo terrestre. Cargue o descargue para, cargamentos de importación, exportación, cabotaje, local Tonelada peso o fracción PS$ 120.00 Cargue o descargue para cargamentos en tránsito internacional. Tonelada peso o tonelada fracción US$ 10.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1714 de 1980