Micelio

Artículo 4118

Del Presupuesto De La Actual Vigencia, Destínase La Suma De Ciento Diez Y Siete Mil Doscientos Cincuenta Pesos ($ 117

Decreto 880 de 1958 · Por el cual se distribuye una parte de la suma destinada para la campaña de alfabetización

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo primero. De la partida señalada en el Capitulo 388, articulo 4118 del Presupuesto de la actual vigencia, destínase la suma de ciento diez y siete mil doscientos cincuenta pesos ($ 117.250.00), para pagar a las siguientes escuelas de alfabetización y escuelas parroquiales los auxilios ordenados por el Decreto legislativo número 155 del 13 de mayo de 1954, así: Sueldos en once meses, febrero a diciembres. Para 14 escuelas de alfabetización en la zona escolar del Caquetá, a $ 200.00 cada una $ 30.800 00 Para 10 escuelas de alfabetización en la zona escolar del Amazonas, a $.200.00 cada una 22.000 00 Para 4 escuelas de alfabetización en la zona escolar de Arauca, a $ 150.00 cada una 6.600 00 Para 3 escuelas parroquiales en los Municipios de Mompos, Ovejas y Sampués, en el Departamento de Bolívar, a $ 150.00cada una 4.950 00 Para 2 escuelas parroquiales en los Municipios de Santa Sofía y Viracachá, en el Departamento de Boyacá, a $ 150.00 cada una 3.300 00 Para 4 escuelas parroquiales: 2 en el Municipio de Timbio y 2 en el Tambo, Departamento del Cauca, a $ 150.00 cada una 6.600 00 Para 8 escuelas parroquiales: 1 en Sardinata (Las Mercedes), 2 en Villacaro, 2 en Abrego, 1 en Toledo, 1 en Hacari y 1 en Cáchira Norte, en el Departamento de Santander, a $ 150.00 cada una 13.200 00 Para 6 escuelas parroquiales: 2 en Guamal, 2 en González y 2 en Plato, en el Departamento del Magdalena, a $ 150.00 cada una 9.900 00 Paro 3 escuelas parroquiales en los Municipios de Carlosama, Sapuyes y Puerres en el Departamento de Nariño, a $ 150.00 cada una 4.950 00 Para 3 escuelas parroquiales en los Municipios de Pitral, Teruel y Gigante, en el Departamento del Huila, a $ 150.00 cada una 4.950 00 Para los Internados de Orteguasa y Solita (Alto Caquetá), en la campaña de alfabetización 10.000 00 Total $ 117.250 00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 880 de 1958