Cedese al municipio de Madrid el lote de tierra de propiedad de la Nación, ubicado en dicho Municipio y deslindado así: por el Sur, con la zona del ferrocarril de la Sabana; por el Norte, con terrenos de propiedad de los herederos de Rafael Sanos; por el Oriente, con calle publica, y por el Occidente, con el rio Serrezuela.
El Municipio agraciado no podrá vender el lote que se le cede, y lo destinara precisamente al establecimiento de servicios municipales y al ornato de la población.