Micelio

Artículo 5

Especialidades De Oficiales Del Cuerpo Logístico

Decreto 989 de 1992 · por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 1211 de 1990, Estatuto del personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Especialidades de Oficiales del Cuerpo Logístico. Los Oficiales del Cuerpo Logístico de las Fuerzas Militares tendrán las siguientes especialidades: a ) En El Ejercito: Armamento; Comunicaciones; Intendencia; Transportes; Sistemas; Operaciones sicológicas; b) En La Armada: Administración Marítima; Armamento; Propulsión; Oceanografía; Sistemas; Operaciones Sicológicas; c) En La Fuerza Aérea: Abastecimientos; Administración; Armamento Terrestre; Defensa Aérea; Comunicaciones; Mantenimiento Aeronáutico; Meteorología; Sistemas; Operaciones Sicológicas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 989 de 1992