En el presupuesto de cada vigencia se incluirá la partida de que habla el artículo anterior para atender al objeto de esta ley, quedando autorizado el gobierno para que apropie la partida respectiva tomándola de fondos ordinarios o extraordinarios.
Ley 17 de 1944 →Vigente
Artículo 4
Ley 17 de 1944 · Por la cual se nacionalizan unas vías de penetración en el Departamento de Nariño y en la Comisaría del Putumayo y se ordena su construcción y conservación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.