Micelio

Artículo 2

Con Base En El Recurso De Que Trata Artículo Anterior, Adiciónase El Presupuesto De Gastos Del Fondo Vial Nacional De La Actual Vigencia, En La Cantidad De Veintinueve Millones Quinientos Mil Pesos

Decreto 2294 de 1979 · Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo Vial Nacional de la actual vigencia, en la cantidad de $ 29.500.000.00

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Con base en el recurso de que trata artículo anterior, adiciónase el Presupuesto de Gastos del Fondo Vial Nacional de la actual vigencia, en la cantidad de veintinueve millones quinientos mil pesos. ($ .29.500.000.00) moneda corriente, de acuerdo con la siguiente distribución: Presupuesto de Gastos Inversión Indirecta. Fondo Nacional de Caminos Vecinales PROGRAMA 16A Plan Trienal de Inversiones en Intendencias y Comisarías. Artículo 73. Transporte $ 29.500.000 Proyectos

1.

Amazonas (Angostura - Puerto Santander) 3.000.000

2.

Arauca (Arauca - Cravo Norte) 3.000.000

3.

Casanare (Yopal - Orocué) 7.500.000

4.

Guainía (Rio Inírida - Río Guainía) 1.500.000

5.

Guaviare (La Leona - El Dorado) 4.000.000

6.

Putumayo (Puerto Limón, Sarita Lucía, Angostura) 4.500.000

7.

Vaupés (Mitú - Monfort) 1.500.000

8.

Vichada (Puerto Nariño, Santa Rita, San Pedro de Arimena) 4.500.000 Total Programa 16A $ 29.500.000 Suma el Presupuesto de Gastos $ 29.500.000

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2294 de 1979