Micelio

Artículo 1

Decreto 1302 de 1941 · Por el cual se modifica el artículo 72 del Decreto 956 de 1931, y se levanta provisionalmente la prohibición contenida en el inciso 2°del artículo 69 de dicho Decreto

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . La Junta Nacional de Pesas y Medidas, de que trata el artículo 72 del Decreto numero 956 de 1931, será presidida por el Director del Departamento de Comercio e Industrias, y sus miembros serán designados por el Ministerio de la Economía Nacional, de ternas presentadas para cada una de las siguientes entidades: Sociedad de Agricultores de Colombia. Sociedad Colombiana de Ingenieros. Cámara de Comercio de Bogotá.

Parágrafo

Los miembros de dicha Junta ejercerán sus funciones por el término de un año. Para este efecto, las entidades antes mencionadas enviarán las ternas respectivas antes del 15 de agosto del correspondiente año.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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