ARTICULO 67. Dotación anual de vestuario y equipo. Los Agentes de la Policía Nacional en servicio activo tendrán derecho a recibir dotación anual de vestuario y equipo de acuerdo con reglamentación que expida la Dirección General de la Policía Nacional, con la aprobación del Ministerio de Defensa Nacional.
Decreto 1213 de 1990 →Vigente
Artículo 67
Dotación Anual De Vestuario Y Equipo
Decreto 1213 de 1990 · Por el cual se reforma el Estatuto del Personal de Agentes de la Policía Nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.