Iniciación de la actuación administrativa. El trámite para la constitución, reconocimiento y formalización de los TECAM por parte del Consejo Directivo de la ANT, se iniciará a solicitud de asociaciones campesinas, organizaciones campesinas agroalimentarias, juntas campesinas y cualquier otra forma organizativa campesina, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:
Estar constituida mediante acto privado y presentar el acta de constitución respectiva ante la ANT.
Tener presencia y representatividad en el territorio objeto de la solicitud.
Designación de uno o varios representantes de la organización.
Presentar una propuesta preliminar del Plan de Vida Digna.
TEXTO CORRESPONDIENTE A